La Ley garantiza el desalojo exprés en los "allanamientos" de residencia habitual, al parecer, ... pero..., esto se cumple?...
La Ley garantiza el desalojo exprés en los "allanamientos" de residencia habitual, al parecer, ... pero..., esto se cumple?...
Los medios de comunicación no son siempre objetivos sino que se ponen de parte del poder o alguna facción, así vemos hacer o querer hacer lo blanco negro por parte de algunos periodistas que deben cobrar por ello. Vemos afirmaciones como que "Juristas critican el alarmismo injustificado de muchos partidos políticos y algunos medios y aseguran que el fenómeno se da principalmente en inmuebles vacíos propiedad de bancos y grandes tenedores".Cuando tenemos más que sabido que el fenómeno okupa ne España está tomando dimensiones insostenibles, hasta el punto de que una persona no puede salir de su casa por miedo a que se la quiten, que no sería la primera vez.
Basta un cartel de se alquila o se vende, basta ver inactividad en un edificio, en una casa, en un local, para que los okupas entren y se apropien del mismo. Tienen técnicas, dejan señales de avisos entre ellos, comprueban que las viviendas no están habitadas en algunos días y entran, en alguna ocasión los propietarios han ido a la compra y se han quedado fuera de su vivienda. Así que no vengan diciendo patrañas, que la verdad solamente es una, aunque los puntos de vista sobre la misma pueden ser distintos, pero la verdad seguirá siendo una.
Foto: Eldiario.es
| 29/08/2020
Al volver de vacaciones o al volver de pasar fuera de casa un fin de semana, o ir de viaje un día o estar fuera unas horas, si a la vivienda le han echado el ojo, mal lo tienes porque pueden entrar y expropiarte por la cara. Los okupas toman la casa del projimo como si el derecho a la propiedad privada no existiese. Si quieres algo ¡¡cómpralo¡¡, que el projimo sudaría lo suyo para tener lo que tiene.Y, por lo menos, a estos completos desconocidos, de manera inmediata no los vas a poder echar.
No hay más que ver los titulares en portadas de medios
de comunicación, en reportajes de TV y en anuncios de alarmas. Basta con echar un ojo crítico a tu alrededor. Por más que digan algunos medios sectarios que darse "una situación es altamente improbable en España" y que "de ocurrir, el
desalojo sería inmediato", no lo creais porque hay casas que llevan ocupadas años y años y los okupas tan campantes, como vecinos más en el vecindario...
Realmente es uno de los grandes problemas del país.
El presidente del Partido
Popular, Pablo Casado, ha publicado un tuit reclamando "acabar con la
ocupación ilegal y proteger la propiedad privada y la seguridad de los
españoles". Acompaña un vídeo que muestra a personas entrando en
casas acompañando el mensaje. "Mientras Sánchez no hace nada y sus socios
alientan la impunidad, reiteramos la propuesta de recuperar las penas de
prisión por usurpación de vivienda y los desalojos en 48h". Bien por Casado, a ver si desde el ejecutivo se dan cuenta ya del tremendo problema que tenemos encima. Tal que una persona que viva sola, no se puede mover de su casa sin arriesgarse a perderla.
Y esto es así, si alguien dice lo contrario miente.
Los medios sectarios dicen que "El fenómeno de la ocupación ha regresado en las últimas
semanas a la actualidad generando un alarmismo del que tratan de
beneficiarse las empresas de seguridad". A esta redacción le gustaría saber qué dirían cuando su casa hubiera sido okupada, cambiada la cerradura por unos tipos impresentables y se vieran en la calle. ¡Vamos¡ "quitese usted señor que me voy a poner yo" diría el sabio refranero popular español.
Se infla el tema de la necesidad habitacional hasta límites insospechados, las inmobiliarias proliferan como si no hubiera un mañana, buitres en suma que aprovechan las debilidades de las personas para hacer presa en ellas. Y todo esto fomentado por el Gobierno, no olvidemos el pellizco que se lleva en cada transacción económica, así que cuanto más grande sea la transacción, mejor. Por su parte las inmobiliarias entran en un juego sucio, entre ellas negocian y los precios del suelo establecidos legalmente se ven violados porque a ellos lo que les interesa es la comisión, lo mismo le da que el incauto que se presta a vender su vivienda haya estado ahorrando toda la vida, que no tenga suficiente con el precio en el que practicamente le obligan a vender, para comprarse otra vivienda, engañabobos, engañaviejas, que entran en un rol criminal de engaños, estafas, mentiras y desgracia para el incauto que les haga caso.
Hay una determinada población
vulnerable, los mayores, engañan a los mayores y no les importa nada de nada, en un juego carente totalmente de la más elemental moral y ética, que debería estar prohibido y perseguido en vez de fomentado.
Realmente existe un gran desconocimiento sobre el alcance verdadero de este
fenómeno, del fenomeno okupación y del otro: el fraude inmobiliario. Sus diferentes mecanismos y formas legales a las que recurren.
Jueces y
policías son los que tienen que atajarlo.
Algunos medios recurren a la excusa de que "No es lo mismo ocupar la morada de alguien, el lugar donde está protegido en su intimidad, aunque sea incluso una segunda residencia, una caravana o un barco; que un local o inmueble vacío propiedad de un particular, un banco o un fondo buitre pero en el que nadie desarrolla su vida privada. Las consecuencias penales también son diferentes en cada caso".En cualquier caso propiedad privada es en todos los casos y su respeto es una exigencia constitucional.
En esta dinámica en la que cae Gobierno y medios de comunicación de obviar la verdad, lo que realmente se percibe es la poca gana de arreglar el problema que hay. No hay más ciego que el que no quiere ver. Y esto con el consiguiente perjuicio para la ciudadanía.
Cuando se okupa un domicio es allanamiento de
morada. Esta tipificación penal protege la intimidad e inviolabilidad del
domicilio castigando con hasta cuatro años de cárcel, ya que el bien jurídico que está en juego requiere
las mayores garantías. Por ser flagrante delito, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad están obligados a desalojar y detener inmediatamente a los okupas sin que sea necesario acudir a la autoridad
judicial; y esto también independientemente del proceso judicial que se incoe para
su castigo. Este proceder ha de ser así pasen tres horas o tres días o un
mes.
Tantas vueltas que se le llega a dar a la legislación para situarla a favor de los okupas, hay que tener bien claro que el allanador no tiene derecho a la inviolabilidad del domicilio que ha okupado ya que el mismo no es de su propiedad, no es su domicilio, es un usurpador.
De tal forma que viniendo el propietario legítimo a su vivienda no estaría cometiendo delito de
allanamiento de morada, puesto que es su domicilio, sino el ejercicio de su propio
derecho. Dado el caso de que se produjese violencia, intimidación o fuerza en las cosas, se podría considerar justificado por legítima defensa o
estado de necesidad, según palabras del profesor de Derecho Penal De la Mata.
Lógicamente a los juzgados llegan más casos de ocupaciones de viviendas vacías que de allanamiento de morada, es decir, entrada en el propio domicilio, con el pretexto de que no son la
morada de nadie. En estos casos la propiedad suele estar en manos de bancos, grandes propietarios y
otras entidades. Estos casos son delitos de surpación. El Código Penal prevé para ellos menores y no habiendo violencia la cosa se quedaría en una multa. Esto es así porque no está entrando en
juego el derecho fundamental que es la inviolabilidad de domicilio. Así que los okupas pueden pagar, irse tan tranquilos y volver a okupar que si acaso los volverán a multar y así sucesivamente.
Pese a que algunos medios de comuniación parciales se lleven las manos a la cabeza hablando de la exageración que supone el tema de las okupaciones ilegales, las estadísticas reflejan tendencia alcista de este tipo
de ocupaciones.
Este tipo de ocupación está considerado como delito leve, según De la Mata "al no entrar en conflicto con otra morada y tratarse de un
delito leve, la Policía tiene que ser cauta a la hora de intervenir",
incluso en este supuesto es más posible que los
okupas hayan creado una apariencia de legalidad, tengan recibos de la luz o algún contrato simulado, que suscite duda a los
agentes del orden; y también es más difícil que un juez aceptase una medida
cautelar para un rápido desalojo teniendo en cuenta esa apariencia de uso legal. Generalmente se señala juicio y en sentencia se acuerda el desalojo.
Además de la vía penal frente a usurpaciones existe otra fórmula que permite evitar esperar sentencia
penal, algo que puede tardar meses e incluso años. Se trata de un procedimiento
civil que existe desde 2018 y que permite a
- particulares,
- entidades sin ánimo de lucro y
- entidades públicas propietarias o poseedoras de vivienda social
pedir por
medio de demanda la "inmediata recuperación" de
la vivienda ocupada. Esta fórmula recorta plazos y costes. Sufrió las críticas de la izquierda parlamentaria porque al parecer no garantizaba el
realojo de las familias vulnerables okupantes ilegales de los inmuebles, incluso U. Podemos la llevó al Constitucional arguyendo
que vulnera el derecho a la vivienda y la inviolabilidad del domicilio, de los okupas.
El legítimo derecho de los particulares a recuperar sus posesiones añadiendo a esto los eventuales problemas de convivencia que puedan surgir, no tiene que verse perjudicado por las situaciones de emergencia personas que carecen de ingresos (o no, hay quien le echa cara) y tampoco tienen sitio para vivir dignamente. Y esto en medio de una realidad en la que hay muchas viviendas vacías en manos de
- bancos o
- grandes tenedores.
El derecho a la propiedad no puede ser vulnerado. Es un principio constitucional.