Las triquiñuelas electorales y estadísticas están siendo investigadas, Félix Tezanos ha sido llamado por el juez cita para declarar imputado por malversación en el CIS y, todo esto, a raíz de la querella que interpuso Vox por "beneficiar" en las encuestas al PSOE. La cita de Tezanos con la justicia es el día 29 de octubre de 2021.
Pero, no está claro que haya pronunciamiento en favor de curar esa herida en el gasto público, sepamos que el fiscal ha pedido el archivo de la querella Vox contra Tezanos porque dice se basa en "conjeturas".
Decía el ministerio fiscal que "son meras sospechas, conjeturas, que relacionan de forma
no adecuada, la ineficacia en la realización de encuestas con la
administración fraudulenta de la institución CIS".
Será el Juzgado de Instrucción Nº 29 de Madrid donde Tezanos de cuenta ante la justicia en calidad de imputado, a las 12.30 horas, por delito de malversación de caudales públicos. Ha sido acusado de que desde que Tezanos fue nombrado en 2018 presidente, el funcionamiento del CIS es "irregular" y se le acusa de manipulación de la forma de hacer las encuestas para que salga beneficiado al PSOE. Afirma la acusación que "La línea divisoria entre la irregularidad administrativa ha sido superada puesto que queda demostrado (…) que el Presidente del CIS ha actuado dolosamente modificando incluso las técnicas operativas profesionales a aplicar para conseguir sus objetivos, beneficiar al PSOE”...
El objetivo de la querella es el análisis de los procedimientos y encuestas de los tres últimos años por el CIS, dadas “las conocidas y notorias desviaciones de su presidente hacia el PSOE, pueden considerarse normales o extremas, aleatorias o intencionadas, teniendo en cuenta además, los elevados costes que paga el CIS por las encuestas subcontratadas”.
En representación de Tezanos, la Abogacía del Estado, recurrió la admisión a trámite de esta querella, apoyándose en dos argumentos.
- El primero, por el carácter prospectivo de la investigación penal, por no existir concreción de los hechos que son objeto de la querella.
- El segundo porque los hechos osn atípicos, -en su opinión-, dice que no existían indicios que justificaran su tipicidad por delito de malversación de caudales públicos.
La Fiscalía se pronunciaba en el sentido de que la denuncia no cumple los presupuestos precisos que legitimen el inicio de una investigación judicial por infracción penal como sería un delito de malversación de caudales públicos. Dice: “el denunciante, nada acredita respecto de los indicios existentes relativos a la comisión del delito denunciado”; y asegura que las acusaciones de la querella y las recogidas en un informe pericial tienen como base solamente noticias de prensa y reportajes televisivos, “así como comentarios y opiniones en redes, sin que se aporte ninguno de los expedientes que sostienen la realización de las encuestas objeto de informe pericial, y sin que se concrete ninguna actuación del investigado dirigida al cumplimiento de los requisitos del tipo objeto de denuncia”... "son meras sospechas, conjeturas, que relacionan de forma no adecuada, la ineficacia en la realización de encuestas con la administración fraudulenta de la institución CIS”... (los hechos) “distan mucho de satisfacer los presupuestos de tipicidad del delito objeto de denuncia”... “si bien es cierto” que las encuestas son una parte de las funciones del CIS, se puede cuestionar su eficacia sin que se lleve a exigir responsabilidad penal.
Según la Fiscalía no existiría una relación causal lógica que llevase a presuponer que los errores que se denuncian sean “consecuencia de una administración dolosa dirigida por el querellado con la finalidad de quebrantar los fines de la institución en beneficio de un partido político concreto”. Dice que las acusaciones “sólo se sostienen por conjeturas y sospechas” sin concreción en relación con una gestión fraudulenta del CIS del patrimonio público.
“Las irregularidades que se denuncian, relativas a la forma de elaboración de encuestas por el organismo CIS, en consonancia con el principio de mínima intervención penal y la falta de indicios suficientes, deben resolverse en la esfera administrativa o disciplinaria, una vez se obtengan los expedientes o documentos que sostengan la realización de las encuestas y que permitan, por tanto, valorar de forma objetiva cualquier tipo de error o manipulación en su elaboración”.
A ver si la Justicia hace JUSTICIA.