El magistrado del TS Pablo Llarena, instructor de la causa del 'procés', insiste en que el prófugo Puigdemont carece actualmente de inmunidad parlamentaria, la euroorden sigue vigente, desautoriza a la Abogacía del Estado y pide al juez de Cerdeña la entrega inmediata de Puigdemont
El magistrado ha remitido oficio al representante de España en Eurojust con el objeto de que traslade al tribunal de apelación de Sassari, en Italia, el auto que acordó la prisión provisional de Carlos Puigdemont, ex presidente de la Generalitat y con el que sustentó la euroorden que fue emitida el día 14 de octubre de 2019 por delitos de sedición contra el mismo y por malversación de caudales públicos.
En el documento, el juez instructor amplía la información del expediente de solicitud de entrega de Puigdemont y subraya que
- el prófugo no tiene actualmente inmunidad parlamentaria,
- la euroorden sigue vigente
- y que no está suspendida por el planteamiento de la cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia de la UE.
Concluye con la solicitud a la autoridad judicial italiana de la entrega inmediata de Puigdemont a la jurisdicción española para poder continuar la tramitación del procedimiento por el referéndum ilegal del 1-O.
En el caso de que Carlos Puigdemont reclamase de nuevo ante el Tribunal General de la UE la recuperación de su inmunidad como europarlamentario, suponiendo además que le fuera concedida, el juez Llarena solicita ante la autoridad judicial italiana la suspensión de la tramitación del proceso de entrega adoptando las medidas precisas que garanticen que se sigan dando las necesarias condiciones materiales para una entrega efectiva cuando Puigdemont deje de disfrutar del privilegio o inmunidad que ampara el artículo 20 de la Decisión Marco.
Si se mantiene la retirada de la inmunidad que actualmente impera y solo en el caso de que entendiera el tribunal italiano que la respuesta a la cuestión prejudicial puede condicionar su decisión, Llarena señala la posibilidad de que la justicia italiana paralice el procedimiento de ejecución hasta que se pronuncie el TJUE, esta es la posición seguida por Bélgica.
Llarena explica que:
"En el procedimiento ante el TGUE, según parece recogerse en la resolución, la Abogacía del Estado del Reino de España informó al tribunal que estaban suspendidas las euroórdenes emitidas por este instructor. Como se ha dicho, eso no es así".
Subraya que:
"La decisión de suspender una medida cautelar que era ejecutiva desde el año 2019 es una decisión de este instructor y nunca ha sido adoptada".
El juez sostiene que dada la circunstancia de que las euróordenes estaban activas,
- "no sería desconocida para la Abogacía del Estado, pues es parte en el procedimiento penal que se sigue ante el Tribunal Supremo de España".
- "Nunca le ha sido notificada a la Abogacía del Estado una posible decisión de suspender las OEDs, como tampoco la Abogacía del Estado ha promovido que tal decisión se produzca. Ese desajuste de información podría explicar la incorrección que sobre la vigencia de las OEDs que aparece en una parte de la resolución del TGUE del pasado 30 de julio, al no haber podido aportar para la resolución la información proveniente de la autoridad judicial a la que corresponde decidir sobre la subsistencia de las medidas cautelares".
Pablo Llarena, en el oficio, también deja claro al juez italiano que:
- "La Abogacía del Estado es un órgano no judicial que depende del Ministerio de Justicia".
- "La euroorden contra Carles Puigdemont está activa por decisión de este instructor, que es quien tiene la competencia para ello".
En el oficio remitido por Llarena a las autoridades judiciales italianas, el juez instructor del 1-O viene a indicar que Puigdemont fue, el 6 de enero de 2020, acreditado como miembro del Parlamento europeo, adquiriendo así la inmunidad y los privilegios que se establen en el artículo 9 del Protocolo de la Unión.
El día 10 de enero, Llarena solicita al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad a Puigdemont.
La autoridad judicial belga queda informada de la situación de privilegio que disfrutaba Puigdemont y se suspende el procedimiento de ejecución de la euroorden según los términos del art. 20 de la Decisión Marco.
El pasado 8 de marzo de 2021, el Parlamento europeo suspende la inmunidad de Puigdemont, prófugo de la justicia; y, una vez comunicada tal decisión al juez Llarena, éste informa de la retirada de la inmunidad a la autoridad de ejecución belga para reanudar el procedimiento de entrega suspendido. Puigdemont recurre esta decisión de la Eurocámara ante el TGUE.
Habría que recordar el discurso del rey Felipe VI en el que dice que:
https://twitter.com/i/status/1444580795415470084