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Mostrando las entradas etiquetadas como Administración

Las oposiciones están de más

  Las oposiciones son realmente una tortura que somete a los opositores a un estrés que puede afectar considerablemente a su salud. Para empezar no deberían llamarse "oposiciones", de lo que se trata es de probar que se sabe, no está bien plantear esto en términos de rivalidad, se trata de que el sujeto se supere a sí mismo, es consigo mismo contra quien compite, para superarse, para obtener un trabajo fijo. Establecer la cuestión en términos de competencia, de rivalidad entre los distintos profesionales que optan a una plaza es una crueldad, semejante a las crueles peleas de perros o de gallos, que por cierto, están prohibidas y con razón. Las oposiciones no deberían existir, por el simple motivo de que el opositor tiene un título que fue expedido por una universidad, que le faculta para el ejercicio profesional en cuestión. El título universitario es algo que llega tras largos años de esfuerzo, ¿a qué viene pedir que el candidato pruebe de nuevo su competencia?. Otra cosa e

Actas en órganos colegiados

En los órganos colegiados, salvo que resulte imposible, las convocatorias se remiti rán a los miembros del órgano colegiado por  medios electrónicos. En las convocatorias se hará constar  el orden del día  la documentación necesaria para su deliberación cuando sea posible,  las condiciones en las que se va a celebrar la sesión,  el sistema de conexión y, en su caso,  los lugares en que estén disponibles los medios técnicos necesarios para asistir y participar en la reunión.   Sin que figure en el orden del día no podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto , salvo  que asistan todos los miembros del órgano colegiado y  sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.   Los acuerdos se adoptaran por mayoría de votos.  Cuando se asista a las reuniones a distancia, los acuerdos se entenderán adoptados en el lugar donde tenga la sede el órgano colegiado, esa será su data tópica; y, en su defecto, donde esté ubicada la

Encomiendas de gestión

Son muchos los trabajos que se realizan por medio de encomiendas, pero...¿Qué son las encomiendas de gestión?.   La realización de trabajos o actividades de carácter material o técnico que sean de la competencia de los órganos administrativos de la Administración General del Estado o de las Entidades de Derecho Público pueden ser encomendados a otros órganos o Entidades de Derecho Público, siendo éstos de la misma o de distinta Administración, claro está que esto será siempre que entre sus competencias estén esas actividades, actuarán por razones de eficacia o en el caso de que no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.   Las encomiendas de gestión no tienen por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la legislación de contratos del sector público.  La encomienda de gestión no implica cesión de titularidad de la competencia ni tampoco de los elementos sustantivos de su ejercicio. Sigue siendo responsabilidad del ór

Principios generales de la actuación de las Administraciones Públicas

La Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en su Artículo 3, expresa los Principios generales.   Las Administraciones Públicas han de servir con objetividad los intereses generales y actuar conforme a los principios de  eficacia,  jerarquía,  descentralización,  desconcentración y   coordinación,  con sometimiento pleno a  la Constitución,  a la Ley y  al Derecho.   Deberán respetar en sus relaciones y actuación los principios de servicio efectivo a los ciudadanos; simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos; participación, objetividad y transparencia; r acionalización y agilidad en los procedimientos administrativos y actividades materiales de gestión; b uena fe, confianza legítima, lealtad institucional; r esponsabilidad por la gestión pública; p lanificación y dirección por objetivos; control de la gestión, evaluación de resultados de las políticas públicas; e ficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados; e conomía, suficien

Sánchez a los Tribunales por Fedeca

Va a investigar el Tribunal Supremo un presunto abuso en nombramientos por parte del Gobierno de Sánchez Castejón "a dedo", tras admitir a trámite en Sala Tercera una impugnación de Fedeca, que es la federación que reune las organizaciones de los cuerpos superiores de la Administración del Estado. Deberían de investigar igualmente todo el tiempo anterior a la llegada del gobierno de coalición PP-Cs en Andalucía, las oposiciones se habían convertido en el pretexto de colocar "legalmente" a partidarios del poder, con grandes raíces, tan profundas como largas, así que al nuevo Gobierno andaluz le va a costar trabajo disolverslas. Nadie que no sea adepto a anterior color político aprobaba las oposiciones. No hay que pensar que algunos no ganasen limpiamente la oposición, pero esos son la excepción que confirma la regla. En el caso que nos ocupa los puestos han sido ocupados por no funcionarios. La impugnación de la Fedeca es contra unos 30 nombramientos de direc

Los principios éticos que debe seguir un empleado público

  Según el R.D. Legislativo 5/2015, Artículo 53. Los principios éticos que debe seguir un empleado público serán los que siguen. Los empleados públicos deberán respetar la Constitución y el resto de normativas que integran el ordenamiento jurídico. Su actuación debe perseguir la satisfacción de los ciudadanos en sus intereses generales y se fundamentará en objetivas consideraciones orientadas hacia la imparcialidad y  el interés común,  al margen de cualquier factor que pueda expresar posiciones personales,  familiares,  corporativas,  clientelares o  cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio. Su actuación quedará ajustada a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en que prestan sus servicios, y  con sus superiores,  compañeros,  subordinados y con los  ciudadanos. Cuántas situaciones de acoso laboral y cuántos inconvenientes se evitarían de cumplir exactamente ésto que dice la Ley. La conducta del empleado público de be

Código de Conducta ante los funcionarios públicos y la Administración

  Si el RD Legislativo 5/2015 30 de Octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, no se explica por qué no se cumple en muchos casos. Según su CAPÍTULO VI  centrado en los Deberes de los empleados públicos, el Código de Conducta en el Artículo 52 expresa cuáles han de ser los deberes de los empleados públicos, su Código de Conducta. De este modo, los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas... , cuántas veces vemos a determinados funcionarios mano sobre mano y en vez de agilizar sus tareas o la burocracia de este País, se dedican a dejar pasar el tiempo esperando que llegue el fin de semana, algunos saludan el lunes con un "¡Qué asco es Lunes¡" y son los mismos que saludan el Viernes con un "¡Qué bueno ya es San Viernes¡". Qué cultura, qué educación se ha inculcado a estos seres que viven en sociedad y que lo hacen para estar protegidos y gozar de los esfuerzos m

Indecentes. Arturo Pérez Reverte

¡¡¡ I N D E C E N T E S !!! Me gustaría transmitirle al Gobierno pasado, al actual y al que pueda venir lo siguiente: *TENGAN LA VERGÜENZA* de hacer un plan para que la Banca devuelva al erario público los miles de millones de euros que Vds. les han dado para aumentar los beneficios de sus accionistas y directivos. *PONGAN COTO* a los desmanes de las empresas de telefonía y de ADSL que ofrecen los servicios más caros de Europa y de peor calidad. *ELIMINEN* la duplicidad de muchas Administraciones Públicas, suprimiendo organismos innecesarios, reasignando a los funcionarios de carrera y acabando con los cargos de asesores de confianza y otros puestos nombrados a dedo que, pese a ser innecesarios en su mayor parte, son los que cobran los sueldazos en las Administraciones Públicas y su teórica función puede ser desempeñada de forma más cualificada por muchos funcionarios públicos titulados y que lamentablemente están infrautilizados. *HAGAN* que todos los corruptos y

¿Cómo formar un buen equipo de dirección de recursos humanos?

¿Cómo formar un buen equipo de dirección de recursos humanos? MCarmen CB La organización de RRHH para rendimiento alto exige la identificación y el desarrollo de competencias necesarias y claves que abalen un negocio para lo que habría que establecer algunos organigramas. Para formar un buen equipo de dirección de recursos humanos, se deberán adoptar estrategias de desarrollo para la adquisición de competencias claves. La empresa es la responsable del proceso y de los procedimientos de desarrollo. Un buen equipo exige el desarrollo del talento ejecutivo, por lo que el departamento de Recursos Humanos deberá responsabilizarse de la identificación y desarrollo del personal, para ello hay cursos de RRHH, que ayudan a alcanzar los objetivos de la organización, tanto en el presente como con perspectivas de futuro. Un buen equipo de dirección de recursos humanos tendrá presente el valor de la formación y el desarrollo de iniciativas, valores corporativos y Responsabilidad Social Corporativa

¿Cómo se elabora un inventario? Tres recomendaciones útiles

¿Cómo se elabora un inventario? Tres recomendaciones útiles Por MCarmen CB El inventario es el reflejo de la existencia de bienes muebles e inmuebles que una empresa comercia, compra y vende, o los procesa antes de venderlos, en un período económico y deben aparecer en el grupo de Activo Circulante. Existen varios tipos de inventarios además del inventario de la documentación. Clases de inventarios - El Inventario de Mercancías: los bienes de la empresa que compra y vende. Se mostrarán todas las mercancías para la Venta, en cuentas separadas, las mercancías en camino, las dadas en consignación. -Inventario de Productos Terminados: lo adquirido por la empresa, manufacturas, mercaderías, que transforma para su venta ya como producto elaborado. -Inventario de Productos en Proceso de Fabricación: lo adquirido por las empresas manufactureras, se cuantifica teniendo en cuenta cantidad de materiales, gastos de fábrica, mano de obra. -Inventario de Materias Primas: